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CHILE 2019: JUSTICIA DE CLASE.


Chile 2019: Justicia de clase.
"La ley tiende a favorecer o a castigar menos aquellos delitos de corrupción, de fraude, y que son procesos larguísimos en que esas personas o les ofrecen una salida, terminan absueltos o con penas ridículas".
"Mi opinión es que esos casos terminaron de la peor manera, casi como un 'perdonazo' general para todos los que cometieron esos hechos tan graves".
"Hay una sensación de la gente, bien fundada, que hay dos justicias y que aquella persona que tiene más recursos y que tiene más posibilidades de defensa, tiene mayor seguridad de que la sanción no le va a llegar de la manera en que está prevista por la ley. Y a los que tienen menos recursos, bueno, a ellos se les aplica la ley, a ellos se les aplica la ley como debe ser, porque han cometido un delito y la ley dice qué pena tiene ese delito".
Milton Juica Arancibia.


En Chile los poderosos no cometen delitos; sólo incurren en meros “errores” o simples “equivocaciones”, cuya consecuencia legal-judicial (pena, sanción concreta) hoy envuelven multas y clases de ética, medidas risibles si no fuese -entre otros datos- por su efecto provocador colectivo.
Como un factor que sustenta tal realidad, se ubica el elenco de mecanismos normativos destinados a la impunidad empresarial, insertos en el Código procesal, cuyos autores, vinculados al capital, confesaron en el propio Mensaje presidencial de dicho cuerpo legal el anhelo de tutelar al régimen económico (y, por tanto, a sus beneficiarios); e incorporaron las denominadas salidas alternativas: entre otras, las suspensiones condicionales al arbitrio del fiscal (aun con rechazo de la víctima-querellante), y forzados acuerdos reparatorios cuyo precio (ellos saben bien que, para otros, la necesidad de sobrevivir tiene precio) es la impunidad para los hechores.
Ilustrativa y actualísima es una escena de “Historia de dos ciudades”, de Charles Dickens: aquella en que el carruaje del marqués corre a gran velocidad por una callejuela, y atropella y mata a un niño:
- Es extraordinario que no sepáis cuidar de vuestros hijos y de vosotros mismos.
Siempre hay alguno en el camino de mi carroza. ¿Cómo puedo estar seguro de que no habéis hecho daño a mis caballos? ¡Dadle eso!
Sacó una moneda de oro que entregó al criado, y todas las miradas estuvieron atentas cuando caía.”.
- ¿No les ha ocurrido nada a los caballos?
Y sin dignarse mirar por segunda vez a la gente que se había reunido, el señor marqués se reclinó de nuevo en su asiento y se alejó, como si hubiera causado un ligero estropicio y lo pagara generosamente...”.
En Chile, el homicidio culposo (arts. 490 y 492 del Código penal) también puede ser impune mediante la voluntad del fiscal, o por tales acuerdos.
Los órganos estatales vinculados a la Justicia -no sólo aquellos que ejecutan la interpretación y aplicación a casos concretos, sino, además, aquellos que generan la normativa y que dirigen la persecución penal- no hacen Justicia.
Añádase el batallón de operadores del empresariado incrustados en el Estado.

La “colaboración” académica y su dependencia empresarial.
Retrotrayendo al siglo XIX.
Mención aparte exigen las voluntades académicas que día a día alimentan en la mentalidad estudiantil los intereses, ambiciones y concepción del mundo de dicho sector social.
Y que ahora suma a profesores del área ingenieril para crear, según ellos, textualmente, “modelos matemáticos e ingenieriles que permiten predecir la forma de operar de los delincuentes…”, y queanalizan, entre otras aplicaciones, la conducta del delincuente y los patrones escondidos en los procesos de actividad criminal. CEAMOS está integrado por profesores de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, de la Universidad Adolfo Ibáñez, de la Pontificia Universidad Católica de Chile y de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Concepción...”.
Pomposa imagen pero cuya labor resulta parcial, sesgada y tendenciosa, alimentando la estigmatización o etiquetamiento social (y la mantención del statu quo estructural económicosocial), mediante sus contenidos e iconografía: ausencia de referencias a la delincuencia empresarial y de cuello y corbata; para ellos, la “delincuencia” sería marca exclusiva o propia del pobre (robos, hurtos y homicidios callejeros). De antología son publicaciones al alero de universidades públicas, y privadas estrechamente ligadas al interés patronal (lo es CEAMOS, “Centro de análisis y modelamiento en seguridad”). Y que no suministran datos sobre la delincuencia político-empresarial (conocida en los últimos años); ni sobre los numerosos y reincidentes homicidios culposos generados empresarialmente por su afán de lucro, en accidentes laborales, rápidamente silenciados mediante “acuerdos reparatorios” impulsados por el Ministerio Público, y cuyo efecto -y condición para su recepción por los familiares de las víctimas- es la impunidad total de los hechores.
Alta ignorancia, y desdén institucional.
Acierta el exministro Juica: largos procesos que -previsiblemente para el normador que la generó- sólo pueden ser enfrentados y financiados por los poderosos…
Constatación que días después no logró ser desmentida por Lamberto Cisternas, quien, intentando restar fundamento a lo planteado por Juica, invocó la tarea de la Defensoría Penal Pública, olvidando que dicha entidad nada puede hacer frente a que fiscalías y tribunales ejecuten mecanismos procesales fabricados para operar aun con objeción de la parte defensora.
Y se olvida que la cabeza del Ministerio Público fue acusada constitucionalmente, precisamente por sus vínculos con partes político-empresariales involucradas judicialmente, y por su preocupación en diligenciar procesos que involucran a parlamentarios. La Corte Suprema (sus 17 miembros) no pudo desvirtuar la veracidad de tales acusaciones; en tono desdeñoso (tal vez porque los parlamentarios acusadores no son parte del establishment, clase dirigente integrante del statu quo; y sus abogados no integran el círculo sociolaboral del poder) se bajó el perfil a la entidad y gravedad (jurídica) de las conductas contenidas en el libelo acusatorio.
Desdén inocultable, que entrega una idea de lo que en ellos se alberga, y que no parece lejana de “...rotos ignorantes, no saben cómo “funciona” el sistema; qué se han creído, merecen una lección respecto de cómo “funciona” la sociedad...” (osea, unos arriba -ellos- y otros abajo).
Métodos interpretativos adecuados para unos.
La selección de métodos de interpretación (y la elevación de meros criterios a principios jurídicos) parece adecuarse según la ocasión y el interés empresarial. Curioso fallo es el que confirma la nulidad -evacuada por la Corte de Santiago- de la sentencia de un Juzgado Laboral que tuteló derechos fundamentales. Aquí, la cuarta sala de la Corte Suprema confirmó la nulidad resuelta por la Corte santiaguina, validando la interceptación y apertura patronal de mensajería electrónica de una trabajadora de la empresa CADEM; sentenció utilizando la técnica Alexy por sobre principios laborales y el derecho constitucional a la inviolabilidad de la correspondencia.
Ahora, sus fallos sirven para verter particulares prejuicios y animadversión político-partidaria: otro fallo, esta vez evacuado por una sala de la Corte de Santiago, asignando legalidad a un reportaje del Canal 13 que -tendenciosamente- asignó roles político-partidarios e involucró a un grupo de estudiantes secundarios.
Agréguese la selección clasista incluso en la operación del mecanismo de prisión preventiva, como lo acredita el reciente estudio “Discriminación e impacto negativo de la prisión preventiva en la vida de las personas” (Instituto de Sistemas Complejos de Ingeniería, ISCI, Santiago, 2018).
El rol del Tribunal Constitucional (de sus miembros, ubicados mediante “consenso” por el duopolio senatorial), ni siquiera merece mención que no sea anotar su subordinación a los intereses empresariales… Su rol de instrumento al servicio de éstos es nítido y pleno.
La “colaboración” legislativo-gubernamental y administrativa.
Súmese a ello las facultades excluyentes entregadas a quienes controlan aparatos oficiales ajenos al Ministerio Público, para impulsar investigaciones penales respecto de no pocos delitos de lesión económicosocial; como lo son -ahora- no sólo la Fiscalía Nacional Económica y el Servicio de Impuestos Internos, sino, además y entre otros, quienes manejan el Servicio Electoral (de conocida militancia en corrientes conservadoras).
Y la atenuación del rol fiscalizador estatal hacia la gran empresa, no sólo limitando su actividad, obligaciones e instrumentos de acción (caso del Servicio Nacional del Consumidor, SERNAC), sino, desde un comienzo, atenuando sus denominaciones: de Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras a mera y simple Comisión para el Mercado Financiero.
Pero es el mandato de sus patrones: amparar el régimen económico, cerrando puertas al cambio social.


“...Necesitamos ver más allá del simple acto...”. Coculpabilidad...


Víctima y victimario dañados por una sociedad que vulnera derechos, que no garantiza lo básico, que excluye, que mal educa con una escuela podrida por la selección, el mérito y la estandarización. Un modelo de sociedad clasista, individualista e intolerante que está destruyendo día a día lo poco que nos queda. Se llama capitalismo neoliberal, conservador, patriarcal y oligárquico y es administrado por sus propios dueños, o por sus empleados en versión fanática-integrista o en versión progre...”. (José Miguel).

...Necesitamos ver más allá del simple acto...”.

...Wow, él es Sebastián, lo conocí hace años cuando él era sólo un niño que quería olvidar su entorno aunque fuera unos minutos.. Vivía a un lado del galpón que administré y fue centro deportivo cultural, incluso gracias a él tuvimos luz al comienzo. Mis amigos y yo vimos su situación y tratamos de ayudar y apoyar... Es un niño abandonado de un padre ausente y una madre alcohólica. Muchas veces lo vi llorar porque trataba de levantar a su madre que yacía tumbada en cama, producto del alcohol. Varias veces ni siquiera tenía para comer... Le enseñamos a andar en Skate... A hacer deporte a tocar instrumentos... Le dimos ropa y hasta comida... Él estaba cambiando y se veía una persona que sí quería salir adelante... Un día nos cerraron ese sitio y no se pudo continuar el proyecto... Para la Municipalidad ya no eramos más que jóvenes arriba de una patineta... A Sebastián lo dejamos de ver como antes lo hacíamos hasta que en los años lo volvimos a ver... Pero era otro... El vivía en la calle... Se había vuelto punk y andaba ya metido en temas de violencia... Él solo trataba de encajar en un grupo... Ser aceptado y sentir el cariño o apoyo que nunca tuvo en su familia...
Luego la calle... La droga... El vicio lo llevó a otros caminos... Como el que vemos hoy! NO JUSTIFICO SU ACTUAR pero a veces tenemos que ver más allá de sólo el acto y darnos cuentas que esa persona homofóbica y delincuente como lo tachó la sociedad no es nada más que otra víctima de una vida injusta, una vida a la que él no pidió venir... Él sufrió la discriminación, la violencia y el abandono alrededor de toda su vida... Y paradójicamente son los mismos hechos de violencia y discriminación los que le pasaron la cuenta y hacen que vaya a la cárcel.
NO digo que no merece ir a la cárcel... Cada acción tiene su reacción y consecuencia...
Pero insisto, necesitamos ver más allá del simple acto... Creo que acá todos son víctimas de una u otra forma...”.
Ozkar Peralta Martínez.
Santiago, 11 de marzo de 2019.

Chile: abuso, corrupción y desigualdad.


Creo que se equivocan los que piensan que el rechazo social frente a la muerte de Camilo Catrillanca se debe simplemente a la empatía con lo mapuche y por lo mapuche.
El nivel de la reacción social frente a la muerte de Catrillanca tiene que ver con la empatía dolorosa que nos produce el abuso de poder y la desigualdad a la que estamos constantemente expuestos todos.
En el contrato que firmamos, en el acuerdo inicial, cuando empezamos este juego social, se nos habló de igualdad frente a la ley, se nos dijo que nadie era mejor que otro, se nos insistió que el país es para todos. La palabra JUSTICIA, lo justo para cada cual, era uno de los principios sagrados.
Sin embargo, los ciudadanos tenemos que ver TODOS LOS DÍAS, como se manipula el tablero, como se esconden las piezas, como somos engañados y pasados por el aro cada día. Cuando el hijo de un poderoso mata a alguien, se le paga al tanatólogo, se soborna a los funcionarios, el teléfono funciona llamando a decenas de amigos, y el poderoso zafa a su hijo. El poderoso estafa a miles de chilenos y luego de mil triquiñuelas legales termina con clases de ética. El poderoso evade miles de millones de pesos y el Estado le condona la deuda. Un poderoso es capaz de movilizar a toda la policía para encontrar los bienes robados desde su casa en pocas horas. El poderoso consigue que el propio Presidente de la República se movilice al lugar donde fue agredido.
El resto del país va a la cárcel por una gallina, el Estado le quita todo por unas facturas de veinte lucas mal emitidas, es inimaginable carabineros entrando a golpear a un colegio privado o a matar a un condominio por un robo de autos.
Esta desigualdad, esta injusticia, nos tiene frustrados, amargados y tensos.
No es cierto que la ley es una para todos, las mejores oficinas de abogados se compran, los lobbistas se compran, las influencias se compran mientras el resto enfrentamos desnudos al elefante en tribunales. Es equivalente a decir que porque es la misma pelota de fútbol y la misma cancha hay igualdad, cuando el estadio es del otro equipo, pueden comprar a Neymar y tienen comprado al árbitro.
Catrillán fue asesinado porque es pobre, mapuche y estaba hastiado del abuso. Era un elemento de desorden en la taza de leche que el Estado de Chile ordena que debe ser nuestro país. Los extranjeros no saben que este país es “el más estable de América Latina” producto de la profunda represión a todo nivel en que viven sus habitantes. “Por la razón o la fuerza” no es un lema para amedrentar a nuestros vecinos limítrofes, está dirigido a nosotros, los ciudadanos. Súmenlo al otro lema más conocido y obtendrán que Chile es “Orden y Patria, por la razón o la fuerza”. Instalado por una clase gobernante que Entiende que el fin último no es el bien común de sus hijos, sino la estabilidad social para el comercio y la producción, a toda costa. De este modo no entiende la ebullición social como un síntoma que hay que atender, sino un problema que hay que APLASTAR. Ese es el raciocinio detrás de Santa María de Iquique, La Coruña, Plaza Colón, Ranquil, Forrahue, Punta Arenas; también de Quintero Puchuncaví y ahora lo ocurrido con Catrillanca. No es el ciudadano, el ser humano, el respeto mutuo o el bien común lo central en este país, sino la estabilidad policial militarizada para asegurar el comercio y la producción del poderoso.
Todos estaríamos más tranquilo si se declarara lo evidente, somos ciudadanos de tercera clase, formas a contrata de la esclavitud y la explotación, además de socios con una pistola en la nuca, a través de la AFP de las empresas con las que solo ELLOS se hacen millonarios.
Catrillanca es la expresión extrema de lo que vivimos como sociedad: el abuso y la desigualdad, la injusticia de un modelo que le da MÁS a los que tienen más y MENOS a los que tienen menos en salud, educación y previsión, también en seguridad y justicia. Algo así es intolerable, un modelo que ofrece bienestar para unos pocos y miseria o angustia permanente para la mayoría es una olla a presión que no necesariamente explota en las calles, explota al interior de las casas, en alcoholismo, drogadicción, alta incidencia de depresión y altísimas tasas de suicidio, frustración, violencia porque se acusa solo al pobre de su fracaso, se le insiste a la gente que la culpa es de ellos por haber sido incapaces de volverse millonarios, a tal punto que terminan creyéndolo, culpándose, doliéndose, torturándose.
Las sociedades modernas se construyeron para que todos fueran felices, no solo algunos. Y es nuestro DEBER buscar un modelo, una y otra vez, que intente ese objetivo hasta conseguirlo. Uno donde sea el ser humano quien esté al centro de las preocupaciones a todo evento. Un país donde se cierre la chimenea que emite tóxicos, NO LA ESCUELA que los padece!!!!
Un país justo, de hermanos, no esta mierda donde un hijo de mapuche es adoctrinado, entrenado y protegido para que mate a sus propios hermanos en defensa del dinero de otros.”.

Jorge Baradit.



Rodrigo Mundaca, Premio Internacional de Derechos Humanos de Núremberg


Rodrigo Mundaca galardonado con el Premio Internacional de Derechos Humanos de Núremberg

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El Desconcierto
La ciudad alemana entrega el galardón cada dos años a personas u organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos con riesgo de su propia vida y contribuyen a la paz y a la comprensión intercultural. En el caso de Mundaca, destacan su lucha al interior de Modatima, pese al “permanente hostigamiento, amenazas y persecución” que ha enfrentado.
El vocero del Movimiento de Defensa del Agua, la Tierra y la Protección del Medio Ambiente (Modatima), Rodrigo Mundaca, fue reconocido este lunes con el Premio Internacional de los Derechos Humanos de la ciudad de Núremberg (Alemania), debido a su lucha en defensa del acceso al agua potable en Petorca.
El ingeniero agrónomo de 57 años recibirá el galardón en septiembre del próximo año, y en un documento, el jurado destacó su trabajo dentro de Modatima. “La región de Petorca, de donde Mundaca es originario, está marcada por los numerosos conflictos entre empresas agrícolas, destinadas principalmente a la exportación de aguacates y cítricos, y pequeños agricultores locales”
La organización a cargo del premio señala que en Chile el 90% del derecho al agua está gestionado por el sector privado, y que las empresas que lo explotan la canalizan principalmente hacia el cultivo de paltas. Además, que las agrupaciones que luchan en su defensa han sido criminalizadas por el Estado, como es el mismo caso de Mundaca, quien ha tenido que presentarse ante la justicia en 24 ocasiones entre 2012 y 2014, lo que calificaron como un “permanente hostigamiento, amenazas y persecución”.
Una de las situaciones más graves que Mundaca ha enfrentado fue en 2015, cuando fue atacado en plena calle en el centro de Santiago, lo que no fue investigado por la policía entonces, y las amenazas de muerte que ha recibido luego de un reportaje de 2017 publicado en Dinamarca sobre las consecuencias del cultivo de paltas. Actualmente, sólo tras una campaña impulsada por Amnistía Internacional, se encuentra bajo permanente protección policial.
Desde 1995 la ciudad de Núremberg concede cada dos años el Premio Internacional de Derechos Humanos a personas u organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos con riesgo de su propia vida y contribuyen a la paz y a la comprensión intercultural, y contempla la entrega de 15 mil euros (17.250 dólares).
La iniciativa surgió como una respuesta a las “leyes de la raza” nazis promulgadas allí en 1935, y para sus impulsores, se trata de “un símbolo de que de Núremberg nunca más deben partir otras señales que de paz, reconciliación, entendimiento y respeto de los derechos humanos”.
En esta versión, la organización señaló que el propósito es contribuir, con el galardón, a que se dé a Mundaca la protección necesaria para que pueda proseguir con su trabajo y lucha.
Hasta el momento, otros activistas que también han sido reconocidos con el galardón son el periodista colombiano Hollman Morris en 2011, y el obispo mexicano Samuel Ruiz García en 2001.

"Control de detención y presiones a los jueces". Por Álvaro Flores Monardes.


Álvaro Flores Monardes,
Presidente de la Asociación Nacional de Magistrados de Chile.

¿Qué harán los jueces de Corte que revisen la decisión del Juez de San Antonio, notificados como están por el Ejecutivo -que decide sobre sus carreras en futuros nombramientos- que aquél actuó fuera del “sentido común” generando aversión de las autoridades encargadas de la seguridad pública?
¿Estarán dispuestos a instrumentalizar el caso en favor de sus propias expectativas de carrera, soslayando el mandato constitucional de prescindir de todo interés diverso al de aplicar la ley al caso concreto?
Cuando sostenidamente hemos criticado el sistema de nombramientos existente en Chile como un pésimo sistema, por afectar la independencia de los jueces, hemos sentido cierta orfandad de un caso explicativo y de connotación pública, que permitiere comprender la vinculación existente entre la función judicial, como una garantía de derechos de las personas, la relevancia de la independencia que debe ser condición esencial para su ejercicio y la forma que ésta es afectada por las autoridades políticas y judiciales.
Pues bien, el caso del control de legalidad de la detención iniciado en San Antonio, permite explicar el grave problema de la afectación externa de la independencia judicial. No es el único, pero puede aplicarse este análisis a cualquier otro que refleje, por ejemplo, algún interés especial del Ejecutivo en relación con la agenda de seguridad pública y que presione a los jueces, en cualquier forma y sentido, hacia el abandono de su posición como terceros imparciales, para subordinarlos a otro objetivo,  como “agentes” de la persecución penal por ejemplo.
Hace algunos años, otra presión indebida sobre la independencia de los jueces tuvo su expresión en una amenaza explícita. El episodio nos recuerda que la independencia judicial está permanentemente bajo amenaza.
Teodoro Ribera, Ministro de Justicia de la época, expresaba sin rodeos que, para decidir nombramientos de los Jueces de Garantía, se iba a vigilar con celo la forma en que se comportaran en la concesión de las prisiones preventivas, en una inequívoca amenaza en orden a no promover en la carrera a quienes –a juicio de la autoridad política- no se ajustaran a sus requerimientos de “dureza” para denegar las solicitudes de libertad. El Ministro empujaba a los jueces a abandonar su posición de terceros imparciales y “sumarse” a la agenda de seguridad pública del gobierno, bajo amenaza de sanción.
El mensaje era clarísimo. El juez estaba notificado por la prensa que, sin perjuicio de lo que su criterio jurídico profesional estimare sobre la procedencia de reconocer el derecho que dimana de la presunción de inocencia en el análisis de cada caso, sus posibilidades de nombramiento o ascenso quedaban hipotecadas si decidía homenajear su forma de comprender la ley y su recta comprensión del caso, desatendiendo la advertencia del poder político.
El incentivo era tan claro como espurio: si Ud. juez quiere ascender, ajústese a lo que el poder de turno piensa sobre cómo resolver. Es decir, abandone su convicción y la aplicación independiente del derecho e instrumentalice el caso en pos de sus intereses de carrera. La sumisión a esta directriz –la lectura inversa era evidente- sería recompensada.
Y sumisión e independencia no se encuentran jamás.
Se trataba de una prueba de fuego para la dimensión subjetiva de la independencia de cada juzgador, un desafío a su carácter, a esa parte de la ética de la función que descansa en las virtudes personales de cada juez para el desempeño de su labor, al margen incluso de las amenazas institucionales.
Es indispensable recordar que el poder judicial en su esencia es la función pública que se expresa a través de los jueces de la forma en que mandan las leyes. Si el juez deja de hacer lo correcto, es decir, deja de resolver el caso concreto únicamente de acuerdo a su mérito y conforme la ley aplicable, la noción de un tercero imparcial desaparece y la democracia pierde una garantía esencial indispensable para que los derechos de las personas tengan vigencia. Una labor que debe cumplir incluso al margen de lo que es percibido o presentado como el “sentir” de la mayoría.
El episodio del Ministro Ribera resuena por estos días, con las mismas sombras.
El control de la legalidad de una detención es uno de los tantos mecanismos que traducen en el proceso las reglas de la democracia, aquellas que aseguran nuestras libertades. Se trata fundamentalmente de una norma propia de un Estado de Derecho. Un control indispensable del poder que despliegan los agentes policiales, no sólo cuando se enfrentan a los delincuentes (el imaginario reduccionista de estos días, gatillado por las graves noticias sobre delitos, parece solo reparar en esa dimensión de la labor), sino en las miles y miles de interacciones que se desarrollan a diario entre todas las personas y –principalmente-  Carabineros.
Así, lo vivido en estos días con ocasión de uno de esos controles, en que se critica reiteradamente a un juez por el cumplimiento de una regla del proceso penal (en una resolución que no sólo se ajusta a la norma, sino que a la línea jurisprudencial regular y reiterada de la Corte Suprema), reitera el escenario de afectación a la independencia judicial e impone una lectura en la misma clave del episodio gatillado por el Ministro Ribera hace algunos años.
Un escenario en que el Ejecutivo abusa de su posición dominante y ejerce una presión indebida sobre un juez en particular y sobre todos al mismo tiempo, pues la retórica de la crítica escala vertiginosamente, va y vuelve desde la objeción contra el juez singular, hasta la denostación de la magistratura completa.
Se deslegitima así severamente un mecanismo capital de protección de las libertades, la justicia de garantía y la dignidad de la función judicial, mientras ´-de paso- se desvía la mirada, sacándola convenientemente desde el enjuiciamiento de la responsabilidad que recae sobre la autoridad a cargo de la seguridad, en la evaluación de la eficacia de las políticas públicas de prevención y control de la delincuencia.
En esa operación, se activa deliberadamente un dispositivo de presión sobre los jueces con el objetivo de sacarlos de su labor esencial, amenazando su carrera y generando además, un severo desequilibrio en el propio proceso penal, pues quien critica y advierte, asume el papel de interviniente en la causa y genera una asimetría entre las partes, sumando a la presión sobre los jueces, una redefinición provocada del proceso específico, en que se sitúa a la defensa en posición manifiestamente desmedrada.
De allí la pertinencia que tiene formular las preguntas que encabezan esta columna, y esperar que en la decisión que corresponda ejercer en derecho al momento de la revisión de la resolución, prime la independencia en el ejercicio de la función por sobre la fuerte presión a la cual los jueces se han visto expuestos en estos días.
Por ello además cabe afirmar con determinación -en tiempos en que se anuncian cambios al sistema de nombramiento de los jueces, notarios y otras autoridades del orden judicial- que ninguna reforma podrá estimarse seria y completa, si no excluye del proceso a los agentes que afectan la independencia: el Poder Ejecutivo y el propio Poder Judicial.
Tal vez sea hora de abrir los manuales, sin dejar de analizar nuestras particularidades institucionales y mirar las soluciones que han dado otras democracias a la difícil pregunta sobre cómo garantizar la independencia de los jueces, presupuesto fundamental de la vigencia de las libertades que sustentan el régimen democrático.
Publicado en el diario “El Mostrador”, el 13 de junio de 2018.


Eduardo NOVOA MONREAL: "Fundamentos de los delitos de omisión".



Eduardo NOVOA MONREAL:
Fundamentos de los delitos de omisión.
Bases jurídicas de la omisión.
La influencia ideológica individualista.
La reacción socializante.
Configuración típica.
Delitos de acción y delitos de omisión.
Causas, factores y diferencias.


Eduardo NOVOA MONREAL: "Reforma al Poder Judicial".


Eduardo NOVOA MONREAL: Reforma al Poder Judicial.
Publicado en la revista “Mensaje”, Santiago de Chile, edición 185, págs. 600 a 609.

Recensión. Sobre el libro "Derecho a la vida privada y libertad de información".


Recensión.
Sobre el libro Derecho a la vida privada y libertad de información, de Eduardo NOVOA MONREAL.
En revista "Análisis", Santiago de Chile, número 20, enero de 1980, pág. 63.
Pulse aquí…

Eduardo NOVOA MONREAL: "La verdadera mayoría".


Eduardo NOVOA MONREAL: La verdadera mayoría.
Publicado en el diario “La Época”, de Santiago de Chile, 24 de septiembre de 1990.

DECLARACIÓN DE LA COMISIÓN ÉTICA CONTRA LA TORTURA SOBRE CONDUCTA DE GOBIERNO CHILENO




DECLARACIÓN DE LA COMISIÓN ÉTICA CONTRA LA TORTURA 
SOBRE CONDUCTA DE GOBIERNO CHILENO

Declaración de la Comisión Ética contra la Tortura, en relación al Mecanismo Nacional de Prevención del crimen de tortura, cuya existencia implicaría constituirse en cárceles y comisarías y en todo lugar donde se sospeche que se aplica torturas a personas en condición de reclusión, detención o internamiento.

La Asociación para la Prevención de la Tortura (APT) se encuentra en nuestro país colaborando a la instalación del mecanismo de prevención en el Instituto Nacional de Derechos Humanos, sin considerar la opinión de la sociedad civil que ya antes se pronunció en contra de esta orientación dado que Prevenir la tortura de acuerdo al Protocolo Facultativo de la Convención Internacional implica el cumplimiento de exigencias que el Estado de Chile no ha tenido la voluntad política de llevar a cabo, razón por la que ha postergado la creación del Mecanismo de Prevención desde el año 2010 a la fecha.

Lamentamos que ayer la APT no haya asistido a la reunión a la que convocó a escasas organizaciones de la sociedad civil para discutir sobre la instalación del MNPT en el INDH de Chile.

Lamentamos que no haya convocado al máximo de organizaciones a dicha  reunión.

Finalmente, lamentamos que la APT no haya dado explicación alguna, de manera formal sobre la suspensión de la reunión, hecho que supimos porque una organización les llamó cuando pasó media hora de la única hora que dijeron que tenían para reunirse con las organizaciones de derechos humanos.

Juana Aguilera Jaramillo
Presidenta
Comisión Ética Contra la Tortura 
Santiago, mayo de 2017.



CHILE SIN MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN DE LA TORTURA


La prevención de la tortura en Chile no funciona, porque el Estado de Chile no ha cumplido con su compromiso internacional de implementar el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT), independiente y con participación de la sociedad civil, pese a la insistencia de los organismos internacionales y la permanente denuncia de las organizaciones de la sociedad civil de Chile.

En los Informes de Derechos Humanos 2015 y 2016, la Comisión Ética Contra la Tortura (CECT) señaló el atraso de Chile para establecer el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y solicitó con urgencia implementarlo al más breve plazo.

Desde el año 2009, tres gobiernos sucesivos, aparecen como responsables del incumplimiento de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, ratificado por Chile en 1988 y del Protocolo Facultativo a dicha Convención, promulgado a través del Decreto Supremo 340 el 14 de febrero del 2009.

El Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT) de Naciones Unidas visitó Chile del 4 al 13 de abril 2016, con el objetivo de evaluar el trato que reciben las personas privadas de libertad, así como las garantías para su protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Del informe evacuado en esa visita trasciende que Chile tiene un atraso sustancial, de 6 años, en la implementación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura. La delegación visitó cárceles, comisarías, instituciones psiquiátricas y centros de detención para menores, comunidades mapuche, entre otros lugares. Los expertos del SPT sostuvieron reuniones con las autoridades chilenas y representantes de la sociedad civil, en las que participó la CECT.

Según se informó, otro de los objetivos de la visita fue proporcionar asesoría y asistencia a las autoridades chilenas para el pleno cumplimiento de sus obligaciones internacionales, en especial el establecimiento de un mecanismo nacional independiente con capacidad plena para supervisar los lugares de detención.

En el año 2010, justo al límite del plazo para la creación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, el gobierno de Sebastián Piñera designó al Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), el cual no cuenta con las facultades necesarias para cumplir con las exigencias que tiene el Protocolo Facultativo de la Convención Internacional contra la Tortura. El artículo 17° del citado Protocolo establece que cada Estado Parte mantendrá, designará o establecerá un órgano de este tipo, conocido como mecanismo nacional de prevención, a más tardar un año después de su ratificación, con la posibilidad de aplazarlo por un máximo de tres años. Su objetivo es prevenir prácticas de vejámenes y proteger a las personas privadas de libertad que pudieran sufrir torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. En el caso de Chile ese mecanismo debió entrar en vigencia en febrero de 2012 como plazo máximo.

También, el artículo 18° de dicho Protocolo Facultativo pide a los Estados garantizar la independencia funcional del MNPT. Vale decir, tanto en el proceso de designación como de establecimiento del MNPT, se deben cumplir con los requisitos del mencionado Protocolo Facultativo y con los Principios de París, aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993,que enmarcan y guían el trabajo de las instituciones nacionales de protección y promoción de los Derechos Humanos, así como con las Directrices relativas a los Mecanismos Nacionales de Prevención elaboradas por el sistema de protección de la tortura, que exigen, en particular, el rango constitucional y legal, independencia y autonomía funcional y financiera de estos órganos, y especialmente la participación de la sociedad civil. Los funcionarios ONU reiteraron que “Contar con un ente capaz de llevar a cabo este tipo de trabajo es un elemento fundamental para la prevención de la tortura y los malos tratos”.

El Subcomité tiene mandato para visitar a todos los Estados que son parte del Protocolo Facultativo y para realizar visitas no anunciadas a lugares de detención. Para el SPT, cuyos principios rectores son la cooperación y la confidencialidad, la clave para prevenir la tortura y los malos tratos radica en el establecimiento de relaciones constructivas con el Estado concernido.

Hay que decir que el gobierno chileno, a través de Ministerio de Justicia, emitió un documento, fechado al 3 de junio de 2015, denominado Agenda Legislativa en Materia de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. Allí se anunciaba la creación de una Subsecretaría de Derechos Humanos e informaba públicamente que la agenda legislativa incluía la elaboración de un Anteproyecto de Ley donde designa al Instituto Nacional de Derechos Humanos como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura. Es decir, por segunda vez, los gobiernos anuncian la creación del Mecanismo y por segunda vez, radican en el INDH su funcionamiento, pero sin facultades legales y claramente fuera de los criterios de independencia, constitucionalidad, autonomía funcional y financiera, y de participación de la sociedad civil como establece el Protocolo Facultativo ratificado por Chile. El 11 de septiembre del 2016 fue designada como Subsecretaria de Derechos Humanos en la cartera de Justicia la abogada Lorena Fríes, quien hasta julio del 2016 fue Directora del INDH.

Lamentablemente, el 5 de abril de 2017, en el marco de un seminario regional contra la tortura, organizado por los ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia de Chile, la Presidenta Michelle Bachelet anunció el envío del Proyecto de Ley que designa al Instituto Nacional de Derechos Humanos como el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, persistiendo nuevamente en el incumplimiento de los requisitos, sin consideración de la participación de las organizaciones de la sociedad civil y peor aún, colocando dicho proyecto de ley en terreno infértil para su aprobación, dados los tiempos legislativos en un año de término de gobierno. Es decir, nuevamente el Estado de Chile hace “fintas” de su nula voluntad de terminar con el flagelo de la tortura y las Medidas de NO Repetición para los crímenes de lesa humanidad vuelven a “fojas cero”.


POR UN MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN DE LA TORTURA, AHORA,
INDEPENDIENTE Y CON PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL

COMISIÓN ÉTICA CONTRA LA TORTURA
Santiago, mayo de 2017.



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