CHILE 2019: JUSTICIA DE CLASE.
Chile 2019:
Justicia de clase.
"La
ley tiende a favorecer o a castigar menos aquellos delitos de
corrupción, de fraude, y que son procesos larguísimos en que esas
personas o les ofrecen una salida, terminan absueltos o con penas
ridículas".
"Mi
opinión es que esos casos terminaron de la peor manera, casi como un
'perdonazo' general para todos los que cometieron esos hechos tan
graves".
"Hay
una sensación de la gente, bien fundada, que hay dos justicias y que
aquella persona que tiene más recursos y que tiene más
posibilidades de defensa, tiene mayor seguridad de que la sanción no
le va a llegar de la manera en que está prevista por la ley. Y a los
que tienen menos recursos, bueno, a ellos se les aplica la ley, a
ellos se les aplica la ley como debe ser, porque han cometido un
delito y la ley dice qué pena tiene ese delito".
Milton
Juica Arancibia.
En
Chile los poderosos no cometen delitos; sólo incurren en meros
“errores” o simples “equivocaciones”, cuya
consecuencia legal-judicial (pena, sanción concreta) hoy envuelven
multas y clases de ética, medidas
risibles si no fuese -entre otros datos- por su efecto provocador
colectivo.
Como
un factor que sustenta tal realidad, se ubica el elenco de mecanismos
normativos destinados a la impunidad empresarial, insertos en el
Código procesal, cuyos autores, vinculados al capital, confesaron en
el propio Mensaje presidencial de dicho cuerpo legal el anhelo de
tutelar al régimen económico (y, por tanto, a sus beneficiarios); e
incorporaron las denominadas salidas alternativas: entre otras, las
suspensiones condicionales al arbitrio del fiscal (aun
con rechazo de la víctima-querellante), y forzados acuerdos
reparatorios cuyo precio (ellos saben bien que, para otros, la
necesidad de sobrevivir tiene precio) es la impunidad para los
hechores.
Ilustrativa
y actualísima es una escena de “Historia de dos ciudades”, de
Charles Dickens: aquella en que el carruaje del marqués corre a gran
velocidad por una callejuela, y atropella y mata a un niño:
“-
Es extraordinario que no sepáis cuidar de vuestros hijos y de
vosotros mismos.
Siempre
hay alguno en el camino de mi carroza. ¿Cómo puedo estar seguro de
que no habéis hecho daño a mis caballos? ¡Dadle eso!
Sacó
una moneda de oro que entregó al criado, y todas las miradas
estuvieron atentas cuando caía.”.
…
-
¿No les ha ocurrido nada a los caballos?
Y
sin dignarse mirar por segunda vez a la gente que se había reunido,
el señor marqués se reclinó de nuevo en su asiento y se alejó,
como si hubiera causado un ligero estropicio y lo pagara
generosamente...”.
En
Chile, el homicidio culposo (arts. 490 y 492 del Código penal)
también puede ser impune mediante la voluntad del fiscal, o por
tales acuerdos.
Los
órganos estatales vinculados a la Justicia -no sólo aquellos que
ejecutan la interpretación y aplicación a casos concretos, sino,
además, aquellos que generan la normativa y que dirigen la
persecución penal- no hacen Justicia.
Añádase
el batallón de operadores del empresariado incrustados en el Estado.
La
“colaboración” académica y su dependencia empresarial.
Retrotrayendo
al siglo XIX.
Mención
aparte exigen las voluntades académicas que día a día alimentan en
la mentalidad estudiantil los intereses, ambiciones y concepción del
mundo de dicho sector social.
Y
que ahora suma a profesores del área ingenieril para crear,
según ellos, textualmente,
“modelos
matemáticos e ingenieriles que permiten predecir la forma de operar
de los delincuentes…”,
y
que
“analizan,
entre otras aplicaciones, la conducta del delincuente y los patrones
escondidos en los procesos de actividad criminal. CEAMOS está
integrado por profesores de la Facultad de Ciencias Físicas y
Matemáticas de la Universidad de Chile, de la Universidad Adolfo
Ibáñez, de la Pontificia Universidad Católica de Chile y de la
Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de
Concepción...”.
Pomposa
imagen
pero cuya
labor
resulta parcial, sesgada y tendenciosa, alimentando la estigmatización o
etiquetamiento social (y la mantención del statu quo
estructural económicosocial), mediante sus contenidos e iconografía:
ausencia de referencias a la delincuencia empresarial y de cuello y
corbata; para ellos, la “delincuencia” sería marca
exclusiva o propia del pobre (robos, hurtos y homicidios callejeros).
De antología son publicaciones al alero de universidades públicas,
y privadas estrechamente ligadas al interés patronal (lo es CEAMOS,
“Centro de análisis y modelamiento en seguridad”). Y que
no suministran datos sobre la delincuencia político-empresarial
(conocida en los últimos años); ni sobre los numerosos y
reincidentes homicidios culposos generados empresarialmente por su
afán de lucro, en accidentes laborales, rápidamente silenciados
mediante “acuerdos reparatorios” impulsados por el
Ministerio Público, y cuyo efecto -y condición para su recepción
por los familiares de las víctimas- es la impunidad total de los
hechores.
Alta
ignorancia, y desdén institucional.
Acierta
el exministro Juica: largos procesos que -previsiblemente para el
normador que la generó- sólo pueden ser enfrentados y financiados
por los poderosos…
Constatación
que días después no logró ser desmentida por Lamberto Cisternas,
quien, intentando restar fundamento a lo planteado por Juica, invocó
la tarea de la Defensoría Penal Pública, olvidando que dicha
entidad nada puede hacer frente a que fiscalías y tribunales
ejecuten mecanismos procesales fabricados para operar aun con
objeción de la parte defensora.
Y
se olvida que la cabeza del Ministerio Público fue acusada
constitucionalmente, precisamente por sus vínculos con partes
político-empresariales
involucradas judicialmente, y por su preocupación en diligenciar
procesos que involucran a parlamentarios. La Corte Suprema (sus 17
miembros) no pudo desvirtuar la veracidad de tales acusaciones; en
tono desdeñoso (tal vez porque los
parlamentarios acusadores no son parte del establishment,
clase dirigente integrante del statu
quo;
y sus abogados no
integran el círculo
sociolaboral del poder) se bajó el perfil a la entidad y
gravedad (jurídica) de las conductas contenidas en el libelo
acusatorio.
Desdén
inocultable, que entrega una idea de lo que en ellos se alberga, y
que no parece lejana de “...rotos ignorantes, no saben cómo
“funciona” el sistema; qué se han creído, merecen una lección
respecto de cómo “funciona” la sociedad...”
(osea, unos arriba -ellos- y otros abajo).
Métodos
interpretativos adecuados para unos.
La
selección de métodos de interpretación (y la elevación de meros
criterios a principios jurídicos) parece adecuarse según la
ocasión y el interés empresarial. Curioso fallo es el que confirma
la nulidad -evacuada por la Corte de Santiago- de la sentencia de un
Juzgado Laboral que tuteló derechos fundamentales. Aquí, la cuarta
sala de la Corte Suprema confirmó la nulidad resuelta por la Corte
santiaguina, validando la interceptación y apertura patronal de
mensajería electrónica de una trabajadora de la empresa CADEM;
sentenció utilizando la técnica Alexy por sobre principios
laborales y el derecho constitucional a la inviolabilidad de la
correspondencia.
Ahora,
sus fallos sirven para verter particulares prejuicios y animadversión
político-partidaria: otro fallo, esta vez evacuado por una sala de
la Corte de Santiago, asignando legalidad a un reportaje del
Canal 13 que -tendenciosamente- asignó roles político-partidarios e
involucró a un grupo de estudiantes secundarios.
Agréguese
la selección
clasista incluso en la operación
del mecanismo de prisión preventiva, como lo acredita el reciente
estudio “Discriminación e impacto negativo de la prisión
preventiva en la vida de las personas” (Instituto de Sistemas
Complejos de Ingeniería, ISCI, Santiago, 2018).
El
rol del Tribunal Constitucional (de sus miembros, ubicados mediante
“consenso” por el duopolio senatorial), ni siquiera merece
mención que no sea anotar su subordinación a los intereses
empresariales… Su rol de instrumento al servicio de éstos es nítido
y pleno.
La
“colaboración” legislativo-gubernamental y administrativa.
Súmese
a ello las facultades excluyentes entregadas a quienes controlan
aparatos oficiales ajenos al Ministerio Público, para impulsar
investigaciones penales respecto de no pocos delitos de lesión
económicosocial; como lo son -ahora- no sólo la Fiscalía Nacional
Económica y el Servicio de Impuestos Internos, sino, además y entre
otros, quienes manejan el Servicio Electoral (de conocida militancia
en corrientes conservadoras).
Y
la atenuación del rol fiscalizador estatal hacia la gran empresa,
no sólo limitando su actividad, obligaciones e instrumentos de
acción (caso del Servicio Nacional del Consumidor, SERNAC), sino,
desde un comienzo,
atenuando sus
denominaciones: de Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras a mera y simple Comisión
para el Mercado Financiero.
Pero
es
el mandato de
sus patrones:
amparar el régimen económico, cerrando puertas al cambio social.
“...Necesitamos ver más allá del simple acto...”. Coculpabilidad...
“Víctima
y victimario dañados por una sociedad que vulnera derechos, que no
garantiza lo básico, que excluye, que mal educa con una escuela
podrida por la selección, el mérito y la estandarización. Un
modelo de sociedad clasista, individualista e intolerante que está
destruyendo día a día lo poco que nos queda. Se llama capitalismo
neoliberal, conservador, patriarcal y oligárquico y es
administrado por sus propios dueños, o por sus empleados en versión
fanática-integrista o en versión progre...”.
(José Miguel).
“...Necesitamos
ver más allá del simple acto...”.
“...Wow,
él es Sebastián, lo conocí hace años cuando él era sólo un niño
que quería olvidar su entorno aunque fuera unos minutos.. Vivía a
un lado del galpón que administré y fue centro deportivo cultural,
incluso gracias a él tuvimos luz al comienzo. Mis amigos y yo vimos
su situación y tratamos de ayudar y apoyar... Es un niño abandonado
de un padre ausente y una madre alcohólica. Muchas veces lo vi
llorar porque trataba de levantar a su madre que yacía tumbada en
cama, producto del alcohol. Varias veces ni siquiera tenía para
comer... Le enseñamos a andar en Skate... A hacer deporte a tocar
instrumentos... Le dimos ropa y hasta comida... Él estaba cambiando
y se veía una persona que sí quería salir adelante... Un día nos
cerraron ese sitio y no se pudo continuar el proyecto... Para la
Municipalidad ya no eramos más que jóvenes arriba de una
patineta... A Sebastián lo dejamos de ver como antes lo hacíamos
hasta que en los años lo volvimos a ver... Pero era otro... El vivía
en la calle... Se había vuelto punk y andaba ya metido en temas de
violencia... Él solo trataba de encajar en un grupo... Ser aceptado
y sentir el cariño o apoyo que nunca tuvo en su familia...
Luego la
calle... La droga... El vicio lo llevó a otros caminos... Como el que
vemos hoy! NO JUSTIFICO SU ACTUAR pero a veces tenemos que ver más
allá de sólo el acto y darnos cuentas que esa persona homofóbica y
delincuente como lo tachó la sociedad no es nada más que otra
víctima de una vida injusta, una vida a la que él no pidió
venir... Él sufrió la discriminación, la violencia y el abandono
alrededor de toda su vida... Y paradójicamente son los mismos hechos
de violencia y discriminación los que le pasaron la cuenta y hacen
que vaya a la cárcel.
NO digo
que no merece ir a la cárcel... Cada acción tiene su reacción y
consecuencia...
Pero
insisto, necesitamos ver más allá del simple acto... Creo que acá
todos son víctimas de una u otra forma...”.
Ozkar
Peralta Martínez.
Santiago,
11 de marzo de 2019.
Chile: abuso, corrupción y desigualdad.
“Creo que se equivocan los que piensan que el
rechazo social frente a la muerte de Camilo Catrillanca se debe
simplemente a la empatía con lo mapuche y por lo mapuche.
El nivel de la reacción social frente a la
muerte de Catrillanca tiene que ver con la empatía dolorosa que nos
produce el abuso de poder y la desigualdad a la que estamos
constantemente expuestos todos.
En el contrato que firmamos, en el acuerdo inicial, cuando empezamos este juego social, se nos habló de igualdad frente a la ley, se nos dijo que nadie era mejor que otro, se nos insistió que el país es para todos. La palabra JUSTICIA, lo justo para cada cual, era uno de los principios sagrados.
En el contrato que firmamos, en el acuerdo inicial, cuando empezamos este juego social, se nos habló de igualdad frente a la ley, se nos dijo que nadie era mejor que otro, se nos insistió que el país es para todos. La palabra JUSTICIA, lo justo para cada cual, era uno de los principios sagrados.
Sin embargo, los ciudadanos tenemos que ver
TODOS LOS DÍAS, como se manipula el tablero, como se esconden las
piezas, como somos engañados y pasados por el aro cada día. Cuando
el hijo de un poderoso mata a alguien, se le paga al tanatólogo, se
soborna a los funcionarios, el teléfono funciona llamando a decenas
de amigos, y el poderoso zafa a su hijo. El poderoso estafa a miles
de chilenos y luego de mil triquiñuelas legales termina con clases
de ética. El poderoso evade miles de millones de pesos y el Estado
le condona la deuda. Un poderoso es capaz de movilizar a toda la
policía para encontrar los bienes robados desde su casa en pocas
horas. El poderoso consigue que el propio Presidente de la República
se movilice al lugar donde fue agredido.
El resto del país va a la cárcel por una
gallina, el Estado le quita todo por unas facturas de veinte lucas
mal emitidas, es inimaginable carabineros entrando a golpear a un
colegio privado o a matar a un condominio por un robo de autos.
Esta desigualdad, esta injusticia, nos tiene
frustrados, amargados y tensos.
No es cierto que la ley es una para todos, las
mejores oficinas de abogados se compran, los lobbistas se compran,
las influencias se compran mientras el resto enfrentamos desnudos al
elefante en tribunales. Es equivalente a decir que porque es la misma
pelota de fútbol y la misma cancha hay igualdad, cuando el estadio
es del otro equipo, pueden comprar a Neymar y tienen comprado al
árbitro.
Catrillán fue asesinado porque es pobre,
mapuche y estaba hastiado del abuso. Era un elemento de desorden en
la taza de leche que el Estado de Chile ordena que debe ser nuestro
país. Los extranjeros no saben que este país es “el más estable
de América Latina” producto de la profunda represión a todo nivel
en que viven sus habitantes. “Por la razón o la fuerza” no es un
lema para amedrentar a nuestros vecinos limítrofes, está dirigido a
nosotros, los ciudadanos. Súmenlo al otro lema más conocido y
obtendrán que Chile es “Orden y Patria, por la razón o la
fuerza”. Instalado por una clase gobernante que Entiende que el fin
último no es el bien común de sus hijos, sino la estabilidad social
para el comercio y la producción, a toda costa. De este modo no
entiende la ebullición social como un síntoma que hay que atender,
sino un problema que hay que APLASTAR. Ese es el raciocinio detrás
de Santa María de Iquique, La Coruña, Plaza Colón, Ranquil,
Forrahue, Punta Arenas; también de Quintero Puchuncaví y ahora lo
ocurrido con Catrillanca. No es el ciudadano, el ser humano, el
respeto mutuo o el bien común lo central en este país, sino la
estabilidad policial militarizada para asegurar el comercio y la
producción del poderoso.
Todos estaríamos más tranquilo si se
declarara lo evidente, somos ciudadanos de tercera clase, formas a
contrata de la esclavitud y la explotación, además de socios con
una pistola en la nuca, a través de la AFP de las empresas con las
que solo ELLOS se hacen millonarios.
Catrillanca es la expresión extrema de lo que
vivimos como sociedad: el abuso y la desigualdad, la injusticia de un
modelo que le da MÁS a los que tienen más y MENOS a los que tienen
menos en salud, educación y previsión, también en seguridad y
justicia. Algo así es intolerable, un modelo que ofrece bienestar
para unos pocos y miseria o angustia permanente para la mayoría es
una olla a presión que no necesariamente explota en las calles,
explota al interior de las casas, en alcoholismo, drogadicción, alta
incidencia de depresión y altísimas tasas de suicidio, frustración,
violencia porque se acusa solo al pobre de su fracaso, se le insiste
a la gente que la culpa es de ellos por haber sido incapaces de
volverse millonarios, a tal punto que terminan creyéndolo,
culpándose, doliéndose, torturándose.
Las sociedades modernas se construyeron para
que todos fueran felices, no solo algunos. Y es nuestro DEBER buscar
un modelo, una y otra vez, que intente ese objetivo hasta
conseguirlo. Uno donde sea el ser humano quien esté al centro de las
preocupaciones a todo evento. Un país donde se cierre la chimenea
que emite tóxicos, NO LA ESCUELA que los padece!!!!
Un país justo, de hermanos, no esta mierda
donde un hijo de mapuche es adoctrinado, entrenado y protegido para
que mate a sus propios hermanos en defensa del dinero de otros.”.
Jorge Baradit.
Rodrigo Mundaca, Premio Internacional de Derechos Humanos de Núremberg
Rodrigo Mundaca galardonado con el Premio Internacional de Derechos Humanos de Núremberg
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El
Desconcierto
La ciudad alemana entrega el galardón cada dos años a personas u organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos con riesgo de su propia vida y contribuyen a la paz y a la comprensión intercultural. En el caso de Mundaca, destacan su lucha al interior de Modatima, pese al “permanente hostigamiento, amenazas y persecución” que ha enfrentado.
El
vocero del Movimiento de Defensa del Agua, la Tierra y la Protección
del Medio Ambiente (Modatima), Rodrigo
Mundaca, fue
reconocido este lunes con el Premio
Internacional de los Derechos Humanos de la ciudad de Núremberg
(Alemania), debido a su lucha en defensa del acceso al agua
potable en Petorca.
El
ingeniero agrónomo de 57 años recibirá el galardón en septiembre
del próximo año, y en un documento, el jurado destacó su trabajo
dentro de Modatima.
“La región de Petorca, de donde Mundaca es originario, está
marcada por los numerosos conflictos entre empresas agrícolas,
destinadas principalmente a la exportación de aguacates y cítricos,
y pequeños agricultores locales”
La
organización a cargo del premio señala que en Chile el 90% del
derecho al agua está gestionado por el sector privado, y que las
empresas que lo explotan la canalizan principalmente hacia el cultivo
de paltas. Además, que las agrupaciones que luchan en su defensa han
sido criminalizadas por el Estado, como es el mismo caso de Mundaca,
quien ha tenido
que presentarse ante la justicia en 24 ocasiones entre 2012 y
2014, lo
que calificaron como un “permanente
hostigamiento, amenazas y persecución”.
Una
de las situaciones más graves que Mundaca ha enfrentado fue en 2015,
cuando fue atacado en plena calle en el centro de Santiago, lo que no
fue investigado por la policía entonces, y las amenazas de muerte
que ha recibido luego de un reportaje de 2017 publicado en Dinamarca
sobre las consecuencias del cultivo de paltas. Actualmente, sólo tras
una campaña impulsada por Amnistía Internacional, se encuentra
bajo permanente protección policial.
Desde
1995 la ciudad de Núremberg concede cada dos años el Premio
Internacional de Derechos Humanos a personas u organizaciones que
promueven y defienden los derechos humanos con riesgo de su propia
vida y contribuyen a la paz y a la comprensión intercultural, y
contempla la entrega de 15 mil euros (17.250 dólares).
La
iniciativa surgió como una respuesta a las “leyes
de la raza” nazis
promulgadas allí en 1935, y para sus impulsores, se trata de “un
símbolo de que de Núremberg nunca más deben partir otras señales
que de paz, reconciliación, entendimiento y respeto de los derechos
humanos”.
En
esta versión, la organización señaló que el propósito es
contribuir, con el galardón, a que se dé a Mundaca la protección
necesaria para que pueda proseguir con su trabajo y lucha.
Hasta
el momento, otros activistas que también han sido reconocidos con el
galardón son el periodista colombiano Hollman Morris en 2011, y
el obispo mexicano Samuel Ruiz García en 2001.
"Control de detención y presiones a los jueces". Por Álvaro Flores Monardes.
Álvaro
Flores Monardes,
Presidente
de la Asociación Nacional de Magistrados de Chile.
¿Qué
harán los jueces de Corte que revisen la decisión del Juez de San
Antonio, notificados como están por el Ejecutivo -que decide sobre
sus carreras en futuros nombramientos- que aquél actuó fuera del
“sentido común” generando aversión de las autoridades
encargadas de la seguridad pública?
¿Estarán
dispuestos a instrumentalizar el caso en favor de sus propias
expectativas de carrera, soslayando el mandato constitucional de
prescindir de todo interés diverso al de aplicar la ley al caso
concreto?
Cuando
sostenidamente hemos criticado el sistema de nombramientos existente
en Chile como un pésimo sistema, por afectar la independencia de los
jueces, hemos sentido cierta orfandad de un caso explicativo y de
connotación pública, que permitiere comprender la vinculación
existente entre la función judicial, como una garantía de derechos
de las personas, la relevancia de la independencia que debe ser
condición esencial para su ejercicio y la forma que ésta es
afectada por las autoridades políticas y judiciales.
Pues
bien, el caso del control de legalidad de la detención iniciado en
San Antonio, permite explicar el grave problema de la afectación
externa de la independencia judicial. No es el único, pero puede
aplicarse este análisis a cualquier otro que refleje, por ejemplo,
algún interés especial del Ejecutivo en relación con la agenda de
seguridad pública y que presione a los jueces, en cualquier forma y
sentido, hacia el abandono de su posición como terceros imparciales,
para subordinarlos a otro objetivo, como “agentes” de la
persecución penal por ejemplo.
Hace
algunos años, otra presión indebida sobre la independencia de los
jueces tuvo su expresión en una amenaza explícita. El episodio nos
recuerda que la independencia judicial está permanentemente bajo
amenaza.
Teodoro
Ribera, Ministro de Justicia de la época, expresaba sin rodeos que,
para decidir nombramientos de los Jueces de Garantía, se iba a
vigilar con celo la forma en que se comportaran en la concesión de
las prisiones preventivas, en una inequívoca amenaza en orden a no
promover en la carrera a quienes –a juicio de la autoridad
política- no se ajustaran a sus requerimientos de “dureza” para
denegar las solicitudes de libertad. El Ministro empujaba a los
jueces a abandonar su posición de terceros imparciales y “sumarse”
a la agenda de seguridad pública del gobierno, bajo amenaza de
sanción.
El
mensaje era clarísimo. El juez estaba notificado por la prensa que,
sin perjuicio de lo que su criterio jurídico profesional estimare
sobre la procedencia de reconocer el derecho que dimana de la
presunción de inocencia en el análisis de cada caso, sus
posibilidades de nombramiento o ascenso quedaban hipotecadas si
decidía homenajear su forma de comprender la ley y su recta
comprensión del caso, desatendiendo la advertencia del poder
político.
El
incentivo era tan claro como espurio: si Ud. juez quiere ascender,
ajústese a lo que el poder de turno piensa sobre cómo resolver. Es
decir, abandone su convicción y la aplicación independiente del
derecho e instrumentalice el caso en pos de sus intereses de carrera.
La sumisión a esta directriz –la lectura inversa era evidente-
sería recompensada.
Y
sumisión e independencia no se encuentran jamás.
Se
trataba de una prueba de fuego para la dimensión subjetiva de la
independencia de cada juzgador, un desafío a su carácter, a esa
parte de la ética de la función que descansa en las virtudes
personales de cada juez para el desempeño de su labor, al margen
incluso de las amenazas institucionales.
Es
indispensable recordar que el poder judicial en su esencia es la
función pública que se expresa a través de los jueces de la forma
en que mandan las leyes. Si el juez deja de hacer lo correcto, es
decir, deja de resolver el caso concreto únicamente de acuerdo a su
mérito y conforme la ley aplicable, la noción de un tercero
imparcial desaparece y la democracia pierde una garantía esencial
indispensable para que los derechos de las personas tengan vigencia.
Una labor que debe cumplir incluso al margen de lo que es percibido o
presentado como el “sentir” de la mayoría.
El
episodio del Ministro Ribera resuena por estos días, con las mismas
sombras.
El
control de la legalidad de una detención es uno de los tantos
mecanismos que traducen en el proceso las reglas de la democracia,
aquellas que aseguran nuestras libertades. Se trata fundamentalmente
de una norma propia de un Estado de Derecho. Un control indispensable
del poder que despliegan los agentes policiales, no sólo cuando se
enfrentan a los delincuentes (el imaginario reduccionista de estos
días, gatillado por las graves noticias sobre delitos, parece solo
reparar en esa dimensión de la labor), sino en las miles y miles de
interacciones que se desarrollan a diario entre todas las personas y
–principalmente- Carabineros.
Así,
lo vivido en estos días con ocasión de uno de esos controles, en
que se critica reiteradamente a un juez por el cumplimiento de una
regla del proceso penal (en una resolución que no sólo se ajusta a
la norma, sino que a la línea jurisprudencial regular y reiterada de
la Corte Suprema), reitera el escenario de afectación a la
independencia judicial e impone una lectura en la misma clave del
episodio gatillado por el Ministro Ribera hace algunos años.
Un
escenario en que el Ejecutivo abusa de su posición dominante y
ejerce una presión indebida sobre un juez en particular y sobre
todos al mismo tiempo, pues la retórica de la crítica escala
vertiginosamente, va y vuelve desde la objeción contra el juez
singular, hasta la denostación de la magistratura completa.
Se
deslegitima así severamente un mecanismo capital de protección de
las libertades, la justicia de garantía y la dignidad de la función
judicial, mientras ´-de paso- se desvía la mirada, sacándola
convenientemente desde el enjuiciamiento de la responsabilidad que
recae sobre la autoridad a cargo de la seguridad, en la evaluación
de la eficacia de las políticas públicas de prevención y control
de la delincuencia.
En
esa operación, se activa deliberadamente un dispositivo de presión
sobre los jueces con el objetivo de sacarlos de su labor esencial,
amenazando su carrera y generando además, un severo desequilibrio en
el propio proceso penal, pues quien critica y advierte, asume el
papel de interviniente en la causa y genera una asimetría entre las
partes, sumando a la presión sobre los jueces, una redefinición
provocada del proceso específico, en que se sitúa a la defensa en
posición manifiestamente desmedrada.
De
allí la pertinencia que tiene formular las preguntas que encabezan
esta columna, y esperar que en la decisión que corresponda ejercer
en derecho al momento de la revisión de la resolución, prime la
independencia en el ejercicio de la función por sobre la fuerte
presión a la cual los jueces se han visto expuestos en estos días.
Por
ello además cabe afirmar con determinación -en tiempos en que se
anuncian cambios al sistema de nombramiento de los jueces, notarios y
otras autoridades del orden judicial- que ninguna reforma podrá
estimarse seria y completa, si no excluye del proceso a los agentes
que afectan la independencia: el Poder Ejecutivo y el propio Poder
Judicial.
Tal
vez sea hora de abrir los manuales, sin dejar de analizar nuestras
particularidades institucionales y mirar las soluciones que han dado
otras democracias a la difícil pregunta sobre cómo garantizar la
independencia de los jueces, presupuesto fundamental de la vigencia
de las libertades que sustentan el régimen democrático.
Publicado
en el diario “El Mostrador”, el 13 de junio de 2018.
Eduardo NOVOA MONREAL: "Fundamentos de los delitos de omisión".
Eduardo
NOVOA MONREAL:
Fundamentos
de los delitos de omisión.
Bases
jurídicas de la omisión.
La
influencia ideológica individualista.
La
reacción socializante.
Configuración
típica.
Delitos
de acción y delitos de omisión.
Causas,
factores y diferencias.
Eduardo NOVOA MONREAL: "Reforma al Poder Judicial".
Eduardo
NOVOA MONREAL: Reforma al Poder Judicial.
Publicado
en la revista “Mensaje”, Santiago de Chile, edición 185, págs.
600 a 609.
Recensión. Sobre el libro "Derecho a la vida privada y libertad de información".
Recensión.
Sobre
el libro Derecho a la vida privada y libertad de información,
de Eduardo NOVOA MONREAL.
En revista "Análisis", Santiago de Chile, número 20, enero de 1980, pág. 63.
Pulse aquí…
En revista "Análisis", Santiago de Chile, número 20, enero de 1980, pág. 63.
Pulse aquí…
Eduardo NOVOA MONREAL: "La verdadera mayoría".
Eduardo
NOVOA MONREAL: La verdadera mayoría.
Publicado
en el diario “La Época”, de Santiago de Chile, 24 de septiembre
de 1990.
DECLARACIÓN DE LA COMISIÓN ÉTICA CONTRA LA TORTURA SOBRE CONDUCTA DE GOBIERNO CHILENO
DECLARACIÓN DE LA COMISIÓN ÉTICA
CONTRA LA TORTURA
SOBRE CONDUCTA DE GOBIERNO CHILENO
Declaración de la Comisión Ética
contra la Tortura, en relación al Mecanismo Nacional de Prevención del crimen
de tortura, cuya existencia implicaría constituirse en cárceles y comisarías y
en todo lugar donde se sospeche que se aplica torturas a personas en condición
de reclusión, detención o internamiento.
La Asociación para la Prevención
de la Tortura (APT) se encuentra en nuestro país colaborando a la instalación
del mecanismo de prevención en el Instituto Nacional de Derechos Humanos, sin
considerar la opinión de la sociedad civil que ya antes se pronunció en contra
de esta orientación dado que Prevenir la tortura de acuerdo al Protocolo
Facultativo de la Convención Internacional implica el cumplimiento de
exigencias que el Estado de Chile no ha tenido la voluntad política de llevar a
cabo, razón por la que ha postergado la creación del Mecanismo de Prevención
desde el año 2010 a la fecha.
Lamentamos que ayer la APT no
haya asistido a la reunión a la que convocó a escasas organizaciones de la
sociedad civil para discutir sobre la instalación del MNPT en el INDH de Chile.
Lamentamos que no haya convocado
al máximo de organizaciones a dicha reunión.
Finalmente, lamentamos que la APT
no haya dado explicación alguna, de manera formal sobre la suspensión de la
reunión, hecho que supimos porque una organización les llamó cuando pasó media
hora de la única hora que dijeron que tenían para reunirse con las
organizaciones de derechos humanos.
Juana Aguilera Jaramillo
Presidenta
Comisión Ética Contra la Tortura
Santiago, mayo de 2017.
CHILE SIN
MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN DE LA TORTURA
La prevención de la tortura en Chile no
funciona, porque el Estado de Chile no ha cumplido con su compromiso
internacional de implementar el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura
(MNPT), independiente y con participación de la sociedad civil, pese a la
insistencia de los organismos internacionales y la permanente denuncia de las
organizaciones de la sociedad civil de Chile.
En los Informes de Derechos Humanos
2015 y 2016, la Comisión Ética Contra la Tortura (CECT) señaló el atraso de
Chile para establecer el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y
solicitó con urgencia implementarlo al más breve plazo.
Desde el año 2009, tres gobiernos
sucesivos, aparecen como responsables del incumplimiento de la Convención
contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes,
ratificado por Chile en 1988 y del Protocolo Facultativo a dicha Convención,
promulgado a través del Decreto Supremo 340 el 14 de febrero del 2009.
El Subcomité para la Prevención de la
Tortura (SPT) de Naciones Unidas visitó Chile del 4 al 13 de abril 2016, con el
objetivo de evaluar el trato que reciben las personas privadas de libertad, así
como las garantías para su protección contra la tortura y otros tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes.
Del informe evacuado en esa visita
trasciende que Chile tiene un atraso sustancial, de 6 años, en la
implementación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura. La
delegación visitó cárceles, comisarías, instituciones psiquiátricas y centros
de detención para menores, comunidades mapuche, entre otros lugares. Los
expertos del SPT sostuvieron reuniones con las autoridades chilenas y
representantes de la sociedad civil, en las que participó la CECT.
Según se informó, otro de los objetivos
de la visita fue proporcionar asesoría y asistencia a las autoridades chilenas
para el pleno cumplimiento de sus obligaciones internacionales, en especial el
establecimiento de un mecanismo nacional independiente con capacidad plena para
supervisar los lugares de detención.
En el año 2010, justo al límite del
plazo para la creación del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, el
gobierno de Sebastián Piñera designó al Instituto Nacional de Derechos Humanos
(INDH), el cual no cuenta con las facultades necesarias para cumplir con las
exigencias que tiene el Protocolo Facultativo de la Convención Internacional
contra la Tortura. El artículo 17° del citado Protocolo establece que cada
Estado Parte mantendrá, designará o establecerá un órgano de este tipo,
conocido como mecanismo nacional de prevención, a más tardar un año después de
su ratificación, con la posibilidad de aplazarlo por un máximo de tres años. Su
objetivo es prevenir prácticas de vejámenes y proteger a las personas privadas
de libertad que pudieran sufrir torturas y otros tratos o penas crueles,
inhumanas o degradantes. En el caso de
Chile ese mecanismo debió entrar en vigencia en febrero de 2012 como plazo
máximo.
También, el artículo 18° de dicho
Protocolo Facultativo pide a los Estados garantizar la independencia funcional
del MNPT. Vale decir, tanto en el proceso de designación como de
establecimiento del MNPT, se deben cumplir con los requisitos del mencionado
Protocolo Facultativo y con los Principios de París, aprobados por la Asamblea
General de las Naciones Unidas en 1993,que enmarcan y guían el trabajo de las
instituciones nacionales de protección y promoción de los Derechos Humanos, así
como con las Directrices relativas a los Mecanismos Nacionales de Prevención
elaboradas por el sistema de protección de la tortura, que exigen, en
particular, el rango constitucional y legal, independencia y autonomía
funcional y financiera de estos órganos, y especialmente la participación de la
sociedad civil. Los funcionarios ONU reiteraron que “Contar con un ente capaz
de llevar a cabo este tipo de trabajo es un elemento fundamental para la
prevención de la tortura y los malos tratos”.
El Subcomité tiene mandato para visitar
a todos los Estados que son parte del Protocolo Facultativo y para realizar
visitas no anunciadas a lugares de detención. Para el SPT, cuyos principios
rectores son la cooperación y la confidencialidad, la clave para prevenir la
tortura y los malos tratos radica en el establecimiento de relaciones
constructivas con el Estado concernido.
Hay que decir que el gobierno chileno,
a través de Ministerio de Justicia, emitió un documento, fechado al 3 de junio
de 2015, denominado Agenda Legislativa en Materia de Derechos Humanos del
Ministerio de Justicia. Allí se anunciaba la creación de una Subsecretaría de
Derechos Humanos e informaba públicamente que la agenda legislativa incluía la
elaboración de un Anteproyecto de Ley donde designa al Instituto Nacional de
Derechos Humanos como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura. Es decir,
por segunda vez, los gobiernos anuncian la creación del Mecanismo y por segunda
vez, radican en el INDH su funcionamiento, pero sin facultades legales y
claramente fuera de los criterios de independencia, constitucionalidad,
autonomía funcional y financiera, y de participación de la sociedad civil como
establece el Protocolo Facultativo ratificado por Chile. El 11 de septiembre
del 2016 fue designada como Subsecretaria de Derechos Humanos en la cartera de
Justicia la abogada Lorena Fríes, quien hasta julio del 2016 fue Directora del
INDH.
Lamentablemente, el 5 de abril de 2017,
en el marco de un seminario regional contra la tortura, organizado por los
ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia de Chile, la Presidenta
Michelle Bachelet anunció el envío del Proyecto de Ley que designa al Instituto
Nacional de Derechos Humanos como el Mecanismo Nacional de Prevención de la
Tortura, persistiendo nuevamente en el incumplimiento de los requisitos, sin
consideración de la participación de las organizaciones de la sociedad civil y
peor aún, colocando dicho proyecto de ley en terreno infértil para su
aprobación, dados los tiempos legislativos en un año de término de gobierno. Es
decir, nuevamente el Estado de Chile hace “fintas” de su nula voluntad de
terminar con el flagelo de la tortura y las Medidas de NO Repetición para los
crímenes de lesa humanidad vuelven a “fojas cero”.
POR UN MECANISMO
NACIONAL DE PREVENCIÓN DE LA TORTURA, AHORA,
INDEPENDIENTE Y
CON PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL
COMISIÓN ÉTICA
CONTRA LA TORTURA
Santiago, mayo
de 2017.
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