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ACADEMICISMO, WOKISMO Y “CUÁNTOS ÁNGELES PUEDEN BAILAR SOBRE LA PUNTA DE UN ALFILER” (2025).

 

ACADEMICISMO, WOKISMO Y “CUÁNTOS ÁNGELES PUEDEN BAILAR SOBRE LA PUNTA DE UN ALFILER”.

 

Incluso albergando falacias mayores, un reciente texto publicado por un conferencista estadounidense que, en consonancia con imperantes vientos, goza de ascendente difusión, acierta parcialmente en un tema, poniéndole sobre la mesa. Que no obstante su autor imputa como nota conductual de una específica corriente político-cultural, envuelve dato (uno de varios) que ha favorecido desatender problemas vitales -de mayorías- desviando con ello a grandes sectores hacia el encantamiento reaccionario.

 

“El origen de las ideas del wokismo se encuentra en el mundo académico. Para entender cómo evolucionó el movimiento por los derechos civiles hacia el wokismo, es necesario comprender cómo funciona el ámbito académico. En la universidad, las humanidades y las ciencias sociales están llenas de personas con un alto coeficiente intelectual que rinden cuentas principalmente ante sus propios colegas, no ante la realidad. Es decir, su éxito depende, casi por completo, de su capacidad para impresionarse unos a otros con ideas complejas, acrobacias verbales y muestras de lealtad, y no de su habilidad para obtener resultados prácticos en el mundo real. Éste es el perfil perfecto para elaborar justificaciones que mantengan vivo un movimiento político.”

[Michel HUEMER. Mitos Progres, traducción de Nieves Cumbreras Pérez, Ediciones Deusto, España, 2025.]

 

Sin embargo, omite los vínculos de dependencia de dicho comportamiento respecto del control económico y profesional (y de la seducción aspiracional) que sobre parte considerable de tal intelectualidad ejerce el financiamiento del gran empresariado y sus nexos e influencias administrativas y gubernamentales, sector preocupado de evitar resultados prácticos que puedan evidenciar o revelar su conducta en planos estratégicos, como el económico-laboral.

 

Hoy, predomina el evitar abordar la dirección conductual que el interés empresarial imprime a la academia, encauzando su labor a temas y mediante enfoques inocuos o inofensivos para el poder económico, mientras se excluye o se evade abordar factores, causas o relaciones.

 

Así, en Chile, incluso en temas denominados de minorías y de género, en el plano laboral es indicativo el silencio frente a la normativa que, sobre trabajo dependiente, autoriza -ampliamente- a la parte patronal para pagar contraprestaciones diferentes por la ejecución del mismo trabajo o servicio, vicio legal incrustado no en dictadura sino en 2009. Que incrementa el poder empresarial respecto de la contraparte trabajadora bajo nexo de dependencia y subordinación, fortaleciendo neoliberalismo, desajuste grotesco silenciado -obviamente- tanto por el establishment tradicional o histórico cuanto por el cuestionablemente autodenominado progresista, que convive con aquél.

 

Durante el siglo XX, NOVOA MONREAL enfocó conductas académicas similares (entre otros trabajos, en “Sobre el conceptualismo”, ubicable en este blog); por lo demás, su propia vida personificó crítica coherente a aquéllas.  

 

También RIVACOBA encuadró actividades semejantes constatadas en la ciencia penal, refiriéndoles irónicamente. Si bien en uno de sus últimos trabajos (“¿Hacia un nuevo conceptualismo jurídico?”, 1998), formula superior crítica, ya antes lo mencionaba accesoriamente.

 

“Y es bueno, es imprescindible, que el técnico, que ha llegado a un virtuosismo admirable en el dominio de su arte, imaginando y solucionando con asombrosa brillantez en su gabinete supuestos que es punto menos que imposible que den en la realidad, que sabe perfectamente partir un cabello en tres y resuelve con mucha desenvoltura el problema de los ángeles que pueden bailar sobre la punta de un alfiler; es imprescindible que ese hombre conozca las grandes ideas de donde ha salido ese Derecho penal por cuyo interior se mueve con tanta tranquilidad, y los grandes principios que lo sustentan, o sea, cuanto le da sentido. Sólo sobre tal base puede hacerse ciencia y la ciencia no se convierte en simple habilidad.”

[En su Prólogo a una nueva edición del libro Observaciones sobre la tortura, de Pietro VERRI, Buenos Aires, Depalma, 1977, incluida en el volumen Violencia y Justicia, Universidad de Valparaíso, 2002, págs. 185 y ss.]

 

“Don Luis Jiménez de Asúa jamás hizo derecho penal —ni, en realidad, nada a lo largo de su existencia— en una campana neumática, sino atendiendo siempre con diligencia a graves y apremiantes problemas sociales, políticos y —en el más restringido sentido— humanos, esto es, en íntima comunión con la vida. Ciertamente, no se interesó nunca por averiguar cuántos ángeles pueden bailar sobre la punta de un alfiler ni se recreó en la sublime sabiduría de la repetición ni de lo inútil, reconociendo de continuo, en cambio, las fuentes de sus conocimientos y sus meditaciones y aplicándose sin desvelo a resolver, atenuar o, por lo menos, comprender las dificultades y dolores de los hombres.” 

[“Cambio de sentido en la protección y el concepto penal de la vida humana”. En Doctrina penal, número 46/47, abril-septiembre de 1989, Ediciones Depalma, Buenos Aires, 1989, págs. 287 a 294.]

 

EDUARDO NOVOA MONREAL: DERECHO, POLÍTICA Y DEMOCRACIA

 


Intereses, ideologías y Derecho

Los derechos fundamentales del hombre como límite de la ley

Crítica del contenido de la enseñanza del Derecho

Un escamoteo de los juristas: el concepto de propiedad

Bases para una auténtica Democracia

Las circunstancias políticas en Chile

El difícil camino de la legalidad

Desestabilización, caída e involución

 

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ABOGADA INTEGRANTE DE CORTE SUPREMA, PÍA TAVOLARI GOYCOOLEA, DEBIÓ RECTIFICAR DECLARACIÓN Y TRANSPARENTAR VÍNCULO CON EMPRESA AES ANDES

 

Por Yerko Roa

(18 diciembre 2024)

 

“La abogada integrante de la Corte Suprema, Pía Tavolari Goycoolea, fue obligada a fines de noviembre recién pasado a rectificar su declaración de patrimonio, luego de que no trasparentara su participación en AES Andes.

La decisión fue adoptada tras una denuncia reservada que acusaba una “omisión y clara infracción” a la normativa que rige a los ministros y profesionales que componen el máximo tribunal del país.

De acuerdo a la presentación, la jurista sólo había incluido en su última declaración de patrimonio e intereses, de marzo de este año, su propiedad en Tavolari Abogados SpA, con el 33,3% de las acciones, y en Tavolari Goycoolea Ltda., con el 99%.

Es más, tampoco había indicado su participación en AES Andes en las publicaciones previas, de 2022 y 2023.

Según se lee en el libelo, simplemente navegando en internet se puede hallar que Tavolari es accionista de la empresa generadora eléctrica, como aparece en el sitio web de la Comisión para el Mercado Financiero.

Producto de la denuncia, el fiscal judicial del máximo tribunal del país solicitó un informe a Tavolari. En él, la abogada reconoció que existían “errores” en su declaración vigente de patrimonio e intereses y efectuó una rectificación el 26 de noviembre, en la que incluye una participación por el equivalente a $567 mil en acciones.

 

¿Quién es Pía Tavolari?

Pía Tavolari es abogada integrante del máximo tribunal desde 2021, lo que significa que, sin ser nombrada ministra, actúa como jueza en causas específicas. Es hija de Raúl Tavolari Oliveros, conocido jurista y académico.

Durante los tres años en que ha estado en la Suprema, la abogada ha participado de las tres primeras salas, incluida la Tercera, que revisa asuntos constitucionales y contencioso-administrativos.

Notoria por sus fallos liderados por el exministro Sergio Muñoz —hoy destituido del Poder Judicial—, a la Tercera Sala llegan los recursos de protección por temas medioambientales.

Como integrante de la Segunda Sala, que analiza casos penales, Tavolari redactó la sentencia que absolvió a tres ejecutivos de Enap, condenados en primera instancia, por las intoxicaciones masivas ocurridas en Quintero y Puchuncaví en agosto de 2018.

Al margen de sus labores como abogada integrante, elaboró un informe en 2022 para el Ministerio del Interior por $10 millones, que sirvió de sustento a una fallida apelación del organismo en la causa Huracán, de acuerdo a La Tercera.

 

Zona de sacrificio

AES Andes S.A., en tanto, es una de las empresas de generación eléctrica más importantes del país, con 3.753 MW de capacidad instalada, lo que representa el 12,1% del mercado nacional, según la última memoria de la compañía.

Entre sus centrales de generación, la firma era dueña hasta la semana pasada del Complejo Termoeléctrico Ventanas, que es parte del cordón industrial Quintero-Puchuncaví, conocida zona de sacrificio.

La planta ha sido sancionada en reiteradas ocasiones por episodios de contaminación en la zona. De hecho, tan sólo en mayo pasado, la Superintendencia del Medio Ambiente le impuso una multa de $168 millones por no reducir sus emisiones durante una alerta ambiental emitida en 2023.

La rectificación de la declaración de patrimonio e intereses de Tavolari fue comunicada por el fiscal judicial de la Corte Suprema a la presidenta subrogante del ente, Gloria Ana Chevesich, el pasado 28 de noviembre.

BBCL Investiga intentó conversar con Pía Tavolari, pero hasta el cierre de esta edición no hubo una respuesta de parte de la abogada.”

 

Enlace a artículo original y foto reproducida:

https://www.biobiochile.cl/especial/bbcl-investiga/noticias/de-pasillo/2024/12/18/obligan-a-abogada-de-la-suprema-a-rectificar-declaracion-y-transparentar-participacion-en-aes-andes.shtml

 

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